La Instancia General Electrónica permite que cualquier ciudadano se relacione electrónicamente con nuestra entidad, tal y como exige la ley 39/2015.
Los siguientes son los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente:
Los sujetos no obligados (personas físicas) podrán igualmente relacionarse electrónicamente y hacer uso del registro electrónico por la presente vía.
Presentación por sede electrónica en representación de persona jurídica.
Para la presentación de cualquier documentación a través de la sede electrónica por parte de una persona física o jurídica, en calidad de representante de una persona jurídica, deberá marcar en “tipo de personalidad: persona física” y acompañar el modelo de autorización de representación (descargable en la sección Documentación) firmada junto con la documentación que acredite dicha representación.