Presentación por sede electrónica en representación de persona jurídica.
Para la presentación de cualquier documentación a través de la sede electrónica por parte de una persona física o jurídica, en calidad de representante de una persona jurídica, deberá marcar en “tipo de personalidad: persona física” y acompañar el modelo de autorización de representación (descargable en la sección Documentación) firmada junto con la documentación que acredite dicha representación.
Se trata de la terminación de un procedimiento de carácter “consecutivo” que se inició con la obtención de la licencia ambiental y que culmina con la comunicación de puesta en funcionamiento que posibilita el inicio de la actividad y comprobación por los Servicios Técnicos Municipales, por consiguiente si el acta es favorable, se concede la licencia de apertura.
La apertura de las actividades autorizadas mediante licencia ambiental, una vez finalizada la construcción de la instalación y obras requerirá la presentación en el Registro del Ayuntamiento(presencial o sede eléctrónica) de la comunicación de puesta en funcionamiento acompañada de certificado técnico emitido por técnico competente de la ejecución del proyecto, en el que se especifique que la instalación y actividad se ajustan al proyecto técnico aprobado.
Autoliquidación de la cuota tributaria con arreglo a las tarifas del artículo 6 según ordenanza fiscal de licencias apertura. Se devenga la tasa en la fecha de presentación de la solicitud de licencia
Se adjunta, en el apartado modelos a descargar, el documento de autoliquidación para su calculo.
Para el pago de las tasas puede utilizar cualquiera de las siguientes cuentas, o bien pagarlo directamente en la Oficina de Información Municipal
1 mes
Positivo. Transcurrido el plazo de un mes sin que se efectúe visita de comprobación por el Ayuntamiento podrá iniciarse el ejercicio de la actividad
Contra el acto que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente, en el plazo de un mes contado desde la fecha de recibo, recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto.Asimismo, en el plazo de dos meses, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado correspondiente con sede en Alicante.
Se tramita de conformidad con el artículo 61.3 y siguientes de la Ley 6/2014, de prevención, calidad y control ambiental de actividades, para actividades incluidas en el Anexo II de la Ley 6/2014, de prevención, calidad y control ambiental de actividades.
Telemática
El ciudadano podrá presentar su solicitud a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Ibi (ibi.sedipualba.es).
Presencial
El ciudadano podrá presentar su solicitud en las oficinas de registro del Ayuntamiento o cualquier otra de las previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.