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TE05-Comunicación actividades inocuas

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TE05-Comunicación actividades inocuas

Presentación por sede electrónica en representación de persona jurídica.

Para la presentación de cualquier documentación a través de la sede electrónica por parte de una persona física o jurídica, en calidad de representante de una persona jurídica, deberá marcar en “tipo de personalidad: persona física” y acompañar el modelo de autorización de representación (descargable en la sección Documentación) firmada junto con la documentación que acredite dicha representación.

descripción del trámite

Se tramita de conformidad con los artículos 71 a 74 de la Ley 6/2014, de prevención, calidad y control ambiental de actividades.

Se trata de un procedimiento de carácter “consecutivo” porque la presentación de la comunicación de actividades inocuas debe estar precedida de las siguientes fases:

  • Solicitud y obtención de informe urbanístico municipal, art 22 de la Ley 6/2014
  • En su caso, declaración responsable de obra menor, licencia de obra menor o de licencia de obra mayor.
  • En tanto no haya solicitado el mencionado informe urbanístico municipal y, en su caso ejecutado las obras o instalaciones con declaración responsable o previa licencia, no podrá presentar la COMUNICACIÓN DE ACTIVIDADES INOCUAS”.
  • Tendrán la consideración de actividades inocuas cuando cumplan todas la condiciones del Anexo III de la Ley 6/2014

coste y forma de pago

Autoliquidación de la cuota tributaria con arreglo a las tarifas del artículo 6 según ordenanza fiscal de licencias apertura. Se devenga la tasa en la fecha de presentación de la solicitud de licencia. Se adjunta, en el apartado modelos a descargar, el documento de autoliquidación para su cálculo.

BBVA: ES72 0182 5596 95 02000 02360
CAJA MAR:  ES75 3058 2593 57 27200 00116
CAIXABANK: ES08 2100 2037 37 02000 14560
BANKINTER: ES39 0128 7639 99 01079 63767
BANCO POPULAR:  ES50 0075 0043 66 06600 00173
BSCH SANTANDER:  ES72 0049 2457 76 19101 52290
SABADELL CAM:  ES17 0081 1116 53 00010 45006
BANKIA : ES84 2038 6081 03 6400000145

plazo de resolución

Sin resolución expresa, salvo denegatoria.

efecto del silencio administrativo

Eficacia inmediata, surtirá efectos desde su presentación en el Registro del Ayuntamiento, artículo 73.2 Ley 6/2014 siempre que la solicitud se halla cumplimentado totalmente el modelo normalizado y se aporte la documentación completa. Excepto si afecta al dominio público o servicio público.

órganos competentes

Teniente de Alcalde del Área de actividades, seguridad ciudadana, turismo, comercio y comunicación

recursos

Contra la resolución de cese de la actividad por deficiencias subsanables podrá interponer potestativamente, en el plazo de un mes contado desde la fecha de recibo, recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto

Asimismo, en el plazo de dos meses, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado correspondiente con sede en Alicante.

normativa

Se tramita de conformidad con los artículos 73 de la Ley 6/2014, de Prevención, calidad y control ambiental de actividades

preguntas frecuentes

Efectos de las actuaciones de control e inspección. Pueden darse alguno de los siguientes:

  • La persona interesada podrá solicitar documento de conformidad con la apertura y el ayuntamiento vendrá obligado a emitir el mismo. Si lo solicita en forma de certificado deberá abonar las tasas correspondientes
  • Acta de comprobación con deficiencias insubsanables, resolución motivada y notificación cese de la actividad. La Ley 6/2014 no contempla la posibilidad de subsanación en los procedimientos de comunicación de actividades inocuas.
  • Se emite acta de conformidad favorable, archivo expediente.

FORMAS DE PRESENTACIÓN

Telemática

El ciudadano podrá presentar su solicitud a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Ibi (ibi.sedipualba.es).

Presencial

El ciudadano podrá presentar su solicitud en las oficinas de registro del Ayuntamiento o cualquier otra de las previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AYUNTAMIENTO DE IBI - P0307900A
C/ Les Eres, 48
03440 Ibi (Alicante)
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