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TE06-Declaración responsable actividades tramitadas por el artículo 9 de la ley 14/2010

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TE06-Declaración responsable actividades tramitadas por el artículo 9 de la ley 14/2010

Presentación por sede electrónica en representación de persona jurídica.

Para la presentación de cualquier documentación a través de la sede electrónica por parte de una persona física o jurídica, en calidad de representante de una persona jurídica, deberá marcar en “tipo de personalidad: persona física” y acompañar el modelo de autorización de representación (descargable en la sección Documentación) firmada junto con la documentación que acredite dicha representación.

descripción del trámite

El procedimiento tiene el carácter de consecutivo, por tanto, una vez ejecutadas las obras solicitadas deberá presentar la solicitud de Declaración Responsable de Actividad comprendida en el artículo 9 de la Ley 14/2010

coste y forma de pago

Se adjunta, en el apartado Modelos para descarga, el impreso para el calculo de la autoliquidación. También puede encontrarlo en www.ibi.es

Para el pago de las tasas puede utilizar cualquiera de las siguientes cuentas, o bien pagarlo directamente en la Oficina de Información Municipal

BBVA: ES72 0182 5596 95 02000 02360
CAJA MAR:  ES75 3058 2593 57 27200 00116
CAIXABANK: ES08 2100 2037 37 02000 14560
BANKINTER: ES39 0128 7639 99 01079 63767
BANCO POPULAR:  ES50 0075 0043 66 06600 00173
BSCH SANTANDER:  ES72 0049 2457 76 19101 52290
SABADELL CAM:  ES17 0081 1116 53 00010 45006
BANKIA : ES84 2038 6081 03 6400000145

plazo de resolución

Está sometida a resolución definitiva. No obstante, si transcurrido un mes desde la presentación de la documentación completa no se ha resuelto de forma expresa, el titular podrá presentar documento mediante el cual comunica el inicio de la actividad bajo su responsabilidad de forma provisional. En cualquier caso, debe resolverse de forma expresa.

efecto del silencio administrativo

Positivo. Excepto si afecta al dominio público o servicio público. Transcurrido el plazo de un mes sin que se efectúe visita de comprobación por el Ayuntamiento, el titular podrá presentar en el Registro del Ayuntamiento (presencial o telemáticamente) COMUNICACIÓN PREVIA A LA APERTURA art. 9 Ley 14/2010 comunicar el inicio del ejercicio de la actividad.

órganos competentes

Teniente de Alcalde del Área de actividades, seguridad ciudadana, turismo, comercio y comunicación

recursos

Contra el acto que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente, en el plazo de un mes contado desde la fecha de recibo, recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto.

Asimismo, en el plazo de dos meses, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado correspondiente con sede en Alicante

normativa

El Artículo 9 de la Ley 14/2010 de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos

FORMAS DE PRESENTACIÓN

Telemática

El ciudadano podrá presentar su solicitud a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Ibi (ibi.sedipualba.es).

Presencial

El ciudadano podrá presentar su solicitud en las oficinas de registro del Ayuntamiento o cualquier otra de las previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AYUNTAMIENTO DE IBI - P0307900A
C/ Les Eres, 48
03440 Ibi (Alicante)
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