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TE11-Comunicación cambio titularidad

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TE11-Comunicación cambio titularidad

Presentación por sede electrónica en representación de persona jurídica.

Para la presentación de cualquier documentación a través de la sede electrónica por parte de una persona física o jurídica, en calidad de representante de una persona jurídica, deberá marcar en “tipo de personalidad: persona física” y acompañar el modelo de autorización de representación (descargable en la sección Documentación) firmada junto con la documentación que acredite dicha representación.

DEScripción del trámite

Solicitud de cambio de titularidad de la actividad que se describe.

coste y forma de pago

Tarifa de 84,00 € según artículo 7 de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos. Se devenga la tasa en la fecha de presentación de la solicitud de licencia.

Para el pago de las tasas puede utilizar cualquiera de las siguientes cuentas, o bien pagarlo directamente en la Oficina de Información Municipal

 

BBVA: ES72 0182 5596 95 02000 02360
CAJA MAR:  ES75 3058 2593 57 27200 00116
CAIXABANK: ES08 2100 2037 37 02000 14560
BANKINTER: ES39 0128 7639 99 01079 63767
BANCO POPULAR:  ES50 0075 0043 66 06600 00173
BSCH SANTANDER:  ES72 0049 2457 76 19101 52290
SABADELL CAM:  ES17 0081 1116 53 00010 45006
BANKIA : ES84 2038 6081 03 6400000145

plazo de resolución

Efectuada la comunicación, para que surta efecto la transmisión: 

Transmisión, arrendamiento o cesión de declaración responsable y licencia de apertura de actividades reguladas por el artículo 9 y 10 de la Ley 14/2010, de conformidad con el artículo 57 y 58 del Decreto 143/2015, de 11 de septiembre, Reglamento de desarrollo de la Ley 14/2010, su eficacia será inmediata desde el momento en el que la solicitud y la documentación completa se presenten en el registro del ayuntamiento. Se dictará resolución expresa de cambio de titularidad.

Transmisión de actividades sujetas a licencia ambiental, surtirá efecto desde la fecha de presentación en el registro del ayuntamiento. Se dictará resolución expresa de cambio de titularidad.

Transmisión de actividades sujetas a declaración responsable ambiental, de comercio, comunicación de inocua, surtirá efecto desde la comunicación desde la presentación en el registro del ayuntamiento.

efecto del silencio administrativo

Eficacia inmediata, surtirá efectos desde su presentación en el Registro del Ayuntamiento

órganos competentes

Teniente de Alcalde del Área de actividades, seguridad ciudadana, turismo, comercio y comunicación

recursos

Contra la resolución de cese de la actividad por deficiencias podrá interponer potestativamente, en el plazo de un mes contado desde la fecha de recibo, recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto.

Asimismo, en el plazo de dos meses, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado correspondiente con sede en Alicante.

tramitación procedimental

La eficacia de la presente comunicación se entiende sin perjuicio de la potestad del Ayuntamiento de modificar el contenido del instrumento autorizatorio inicialmente otorgado (declaración responsable) para mantenerlo correctamente adaptado a lo largo de su vigencia, tanto a las exigencias del interés público como a las derivadas de los nuevos condicionamientos exigidos por la diversa legislación ambiental y sectorial que le resulten de aplicación, además, evidentemente, de su adaptabilidad a los condicionantes originarios establecidos en el instrumento autorizatorio originario (declaración responsable) y objeto de transmisión.

A tal efecto, cuando se presente en el Ayuntamiento la comunicación de cambio de titularidad del instrumento autorizatorio (declaración responsable), la Oficina Técnica Municipal en el plazo de un mes podrá realizar la pertinente visita de comprobación, de la que podrá derivar la necesidad de ejecución de las medidas correctoras o de adaptación que resulten procedentes, en cuyo caso se dará al interesado (nuevo titular) la pertinente orden de ejecución a llevar a cabo en el plazo que se considere pertinente en función de la entidad de las medidas a adoptar. En el supuesto de no darse cumplimiento a las medidas de corrección o adaptación exigidas, serán de aplicación las medidas cautelares y sancionadoras establecidas en la vigente legislación aplicable al respectivo establecimiento, pudiendo implicar el cierre o clausura temporal o definitiva del mismo.

En el caso de que se solicite la cesión de derechos de expedientes en trámite, en los que no haya recaído la pertinente resolución, no se llevará a efecto tal cesión hasta tanto no se haya resuelto el correspondiente instrumento de intervención ambiental. No obstante, podrá en la misma resolución adoptarse ambos acuerdos, siempre que el solicitante haya aportado la documentación arriba indicada, a excepción del certificado técnico y la licencia que se transmite.

FORMAS DE PRESENTACIÓN

Telemática

El ciudadano podrá presentar su solicitud a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Ibi (ibi.sedipualba.es).

Presencial

El ciudadano podrá presentar su solicitud en las oficinas de registro del Ayuntamiento o cualquier otra de las previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AYUNTAMIENTO DE IBI - P0307900A
C/ Les Eres, 48
03440 Ibi (Alicante)
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