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TE15-Solicitud de licencia ambiental

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TE15-Solicitud de licencia ambiental

Presentación por sede electrónica en representación de persona jurídica.

Para la presentación de cualquier documentación a través de la sede electrónica por parte de una persona física o jurídica, en calidad de representante de una persona jurídica, deberá marcar en “tipo de personalidad: persona física” y acompañar el modelo de autorización de representación (descargable en la sección Documentación) firmada junto con la documentación que acredite dicha representación.

forma de inicio

Una vez realizadas las actuaciones previas que procedan contempladas en el capítulo III del título I de la Ley 6/2014, el procedimiento de licencia ambiental se iniciará con la presentación en el Registro del Ayuntamiento(presencial o sede electrónica) de la solicitud de licencia ambiental ante el ayuntamiento, junto con la documentación indicada en los artículos 53.2 y 53. 4 de la citada ley.

coste y forma de pago

Autoliquidación de la cuota tributaria con arreglo a las tarifas del artículo 6 según ordenanza fiscal de licencias apertura. Se devenga la tasa en la fecha de presentación de la solicitud de licencia.

Se adjunta, en el apartado modelos a descargar, el documento de autoliquidación para su calculo.

plazo de resolución

6 meses a contar desde la presentación de la solicitud con la documentación en el Registro del Ayuntamiento.

efecto del silencio administrativo

Positivo. Excepto si afecta al dominio público o servicio público. Le habilita a realizar las instalaciones con el fin de presentar la comunicación previa al inicio de la actividad.

órganos competentes

Teniente de Alcalde del Área de actividades, seguridad ciudadana, turismo, comercio y comunicación.

recursos

Contra el acto que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente, en el plazo de un mes contado desde la fecha de recibo, recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto.
Asimismo, en el plazo de dos meses, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado correspondiente con sede en Alicante.

fundamento legal

Título III régimen de licencia ambiental de la Ley 6/2014, de 23 de julio, de la Generaliat de prevención, calidad y control ambiental de actividades en la Comunitat Valenciana.

observaciones

La licencia ambiental no habilita para el inicio de la actividad ya que está sujeta a la previa comunicación de puesta en funcionamiento.

 

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AYUNTAMIENTO DE IBI - P0307900A
C/ Les Eres, 48
03440 Ibi (Alicante)
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